Frente a una nueva era del agua

Luego de un fuerte y álgido debate nacional, el día 11 de diciembre de 2025 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Aguas y, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, lo que redefinirá la gestión hídrica del país, generando con ello serias preocupaciones y una severa resistencia por parte del sector agrícola, dadas las probables limitaciones en el acceso y control de este recurso vital para las actividades agroproductivas.

Esto luego de que el 3 de diciembre de 2025 fuera aprobado el dictamen bajo el cual se crea dicha Ley por la Camara de Diputados del Poder Legislativo Federal de México, en lo general, con un total de 328 votos a favor, 131 en contra y 5 abstenciones durante una sesión maratónica que duró más de 24 horas, y en la votación en lo particular, el 4 de diciembre de 2025, se registraron 324 votos a favor, 118 en contra y 2 abstenciones. De esta forma paso al Senado de la Republica quien ratificó su aprobación ese mismo día, con 85 votos a favor y 36 en contra, y así enviar el Decreto al Ejecutivo Federal para su promulgación; siendo dicha Ley finalmente publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2025, para entrar prácticamente en vigor al día siguiente (12 de diciembre de 2025).

Reforma que antes, durante y después de su debate y promulgación ha sido blanco de severas críticas desatando fuertes manifestaciones que incluyeron bloqueos y paros nacionales, originados por el temor de los agricultores a perder sus derechos de acceso al agua y a ser afectados negativamente por las nuevas regulaciones, considerando muchos de ellos que esta ley podría restringir severamente su capacidad de operatividad y aumentar la intervención del gobierno en sus actividades diarias, concentrando así más poder en el estado mientras deja desprotegidos a productores y comunidades que dependen del agua para su subsistencia; en contraste, el gobierno sustenta que estas medidas son cruciales para combatir el acaparamiento y regular de manera más eficaz su uso, aunque en dicha ley no se establece como tal un límite en términos de volumen (metros cúbicos) para definir si alguien es un acaparador o no, sino que más bien, el concepto de acaparamiento se aborda a través del régimen de concesiones y el uso que se le de al agua, por lo tanto se cree que la legalidad del volumen de agua que posee un particular no depende de un límite universal, sino más bien del volumen autorizado que le ha sido concesionado legalmente para un uso especifico y de que no este haciendo un uso indebido o especulativo del mismo, recordando que en la reglamentación, la CONAGUA fija los volúmenes de extracción permitidos para cada concesionario o asignatario, de acuerdo con la disponibilidad del recurso, las necesidades públicas y los usos específicos, por lo que se entiende que el acaparamiento ocurre cuando se concentra un volumen superior al necesario o autorizado, o cuando se comercializan los derechos de agua de manera ilegal.

De esa manera, el impacto inmediato de tal restructuración fue la intensificación de las protestas por parte de los agricultores, quienes consideran que la legislación puede amenazar su acceso al agua y, por ende, su sustento económico, evidenciando con ello un ambiente de fuerte tensión no solo entre los productores y el gobierno, sino también en el ámbito legislativo, siendo que varios diputados y senadores expresaron su descontento con la cantidad de tiempo y atención que se le dedicó al análisis de dicha reforma.

Algunos de los principales efectos y puntos de controversia son en primer lugar el mayor control estatal, siendo que la nueva legislación establece que la Comisión Nacional del Agua será la única autoridad capaz de otorgar, modificar y revocar concesiones de agua, prohibiendo cualquier tipo de transmisión de derechos de uso entre particulares, con lo que el control del agua se centraliza más, lo que puede facilitar la regulación nacional, pero también genera desconfianza entre quienes temen concentración de poder, viéndose probablemente más afectados los pequeños y medianos productores, quienes dependen de estos derechos como parte crucial de su patrimonio y viabilidad económica.

La nueva ley consolida el agua como un derecho humano prioritario, dando completa preferencia al uso doméstico sobre otros usos, lo que podría limitar la disponibilidad de agua para actividades agrícolas, especialmente en contextos de sequía o escasez hídrica. Otro punto de polémica es el endurecimiento de las sanciones, siendo que se han introducido penas de prisión para delitos relacionados con el mal uso del agua, como la extracción ilegal y la corrupción, lo que ha llevado a algunos agricultores a ver la ley como una criminalización de las prácticas agrícolas, temiendo que errar en el uso del agua pueda tener consecuencias incluso penales.

Además de una regulación más estricta y mayor burocracia, dada una mayor intervención del gobierno en la gestión hídrica, esperando así un incremento en los trámites administrativos, por lo que muchos agricultores temen que esto complique la operación de sus pozos y reduzca la flexibilidad necesaria para adaptarse a las necesidades del campo.

Lo que es innegable es que esta reforma a la Ley de Aguas Nacionales de 2025 representa un cambio estructural en cómo México regula el agua, impulsando mayormente una visión de agua como bien público y derecho humano por encima del uso comercial o productivo, lo que puede traer beneficios sociales y ambientales, pero también genera incertidumbre para el sector agrícola, la tenencia de la tierra, y quienes dependen del acceso al agua, expresando un descontento generalizado entre agricultores, argumentando que dichas modificaciones ponen en riesgo sus medios de vida y el futuro del sector agroproductivo del país; aunque el impacto real dependerá, como siempre, de cómo se implemente, cómo se aplique y cómo se fiscalice la ley.

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